Pensiones de viudedad para parejas de hecho
El pasado día 22 de diciembre, el Consejo de Ministros aprobó la concesión de pensión de viudedad para las parejas de hecho.
El anteproyecto de ley contempla que el derecho a percibir dichas pensiones quedará reconocido en las parejas con convivencia acreditada de al menos 5 años, sin embargo no se exigirá si hay hijos en común o si el cónyuge muere en accidente. También se modifican las ayudas por defunción y las indemnizaciones por muerte en accidente laboral o enfermedad profesional.
Se eleva el periodo de cotización para percibir la jubilación, se pasará de los 4.700 días (12 años) actuales a 5.475 días (15 años).
Fuente: Las Provincias.





